sábado, 12 de julio de 2008


DONACIÓN DE ÓRGANOS

Existen en la actualidad miles de pacientes que esperan la posibilidad de recibir un organo para seguir viviendo, donemos un minuto de nuestra vida para hacer posible otras vidas.

¿Cómo Donar los órganos y tejidos?

A partir del 22 de enero de 2006, con la entrada en vigencia de la Ley 26.066 que modifica la Ley de Trasplantes, toda persona mayor de 18 años que desee manifestar su voluntad afirmativa o negativa respecto a la donación de sus órganos y tejidos podrá hacerlo en forma expresa a través de cualquiera de las siguientes formas:

  • Firmando un acta de expresión
    en el INCUCAI.
    en los organismos jurisdiccionales de ablación e implante de todo el país.
    en la sección Documentación de la Policía Federal.
  • Asentándolo en el Documento Nacional de Identidad
    en las oficinas del Registro Civil de todo el país.
  • Enviando un telegrama gratuito
    desde las dependencias del Correo Argentino de todo el país (sólo para manifestar oposición).

Quien se manifieste por estas vías podrá corroborar que su decisión haya quedado asentada en el Registro Nacional de Expresiones de Voluntad a través de la página web del INCUCAI.

De no existir manifestación expresa, la ley presumirá que la persona es donante y se solicitará a la familia que dé su testimonio sobre la última voluntad del fallecido.


Requisitos para donar:

» Ser mayor de 18 años para expresar su voluntad


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